El conflicto de interés se origina cuando nuestros intereses o conductas personales comprometen, o parecieran comprometer, la capacidad de actuar en defensa de los mejores intereses de Grupo DESC.

No utilizamos el cargo que ocupamos para obtener ventajas, en beneficio propio o de terceros. Evitamos toda situación en la que nuestra lealtad pudiera estar o aparentar estar en duda. El Comité de Auditoría y Prácticas Societarias en temas muy particulares de conflicto de interés según su responsabilidad podrán dar su opinión.

4.1
Trabajos Adicionales
Cualquier relación laboral adicional del personal no debe de afectar el cumplimiento de las obligaciones contraídas con Grupo DESC.
Se considera que existe conflicto de interés al trabajar en Grupo DESC o en cualquiera de sus empresas y simultáneamente con algún proveedor o cliente de Grupo DESC o cualquiera de sus empresas.
Está estrictamente prohibido trabajar, involucrarse en negocios o desarrollar actividades que impliquen competencia a cualquier empresa de Grupo DESC.
Se refiere a todos los actos, hechos o acontecimientos de cualquier naturaleza que influyan o puedan influir en los precios de los valores de Grupo DESC o de otras empresas que pertenecen al Grupo, conocidos como Eventos Relevantes, que no han sido revelados al público inversionista.

Los Consejeros, Directivos y Colaboradores que dispongan de este tipo de información deberán abstenerse, de forma enunciativa más no limitativa y de acuerdo con lo establecido en las disposiciones legales aplicables así como a las políticas internas de Grupo DESC de:

  • Celebrar operaciones con Valores, directa o indirectamente, sobre cualquier clase de Valores de Grupo DESC y sus empresas.
  • La divulgación a cualquier persona, incluso a familiares, de la información privilegiada, además de la información acerca de proveedores y clientes.
  • Recomendar a cualquier persona una operación bursátil que derive del acceso a información privilegiada.
Estas son actividades ilegales sujetas a sanciones civiles y penales.
  • Existe conflicto de interés si algún familiar o amistad cercana labora o tiene alguna participación con un proveedor, cliente o competidor de alguna empresa perteneciente a Grupo DESC.
  • El personal deberá abstenerse de participar en cualquier tipo de decisión relacionada con el asunto de referencia.
  • Si el personal cree encontrarse en la anterior situación, debe comunicarlo a su Dirección superior responsable a la brevedad.
  • El personal no podrá adquirir (voluntariamente) ningún tipo de participación de cualquier naturaleza en dicho tercero ya sea de forma directa o indirecta, mientras subsista la relación laboral con Grupo DESC.
  • Está prohibido recibir y dar dinero, regalos, invitaciones, cortesías, entradas para eventos culturales o deportivos o cualquier tipo de beneficios provenientes de proveedores, clientes, o de potenciales competidores.
  • Cualquier caso especial, dentro del marco legal, tendrá que ser autorizado directamente por la Dirección superior responsable.
  • Se excluyen aquellos artículos promocionales u otras cortesías que se apeguen a las buenas prácticas comerciales, de valor simbólico y, sobre todo, que no comprometan o que aparenten comprometer el criterio y objetividad de negociación de nuestro personal o generen un sentimiento o expectativa de compromiso personal.